Morelia, Michoacán.— En Michoacán, un hombre vinculado a proceso por el feminicidio de la madre de sus hijos todavía puede conservar la patria potestad mientras enfrenta juicio. Ese vacío legal, que puede prolongarse durante años, es el que busca cerrar la iniciativa conocida como Ley Monzón, presentada en el Congreso local por la diputada Sandra María Arreola Ruiz, coordinadora del Grupo Parlamentario del PVEM.
La propuesta plantea reformar el Código Familiar del Estado para que, desde el auto de vinculación a proceso por feminicidio de la madre incluso en grado de tentativa, se suspenda de manera provisional la patria potestad del padre imputado. Actualmente, la ley sólo contempla la pérdida definitiva cuando existe una sentencia firme, lo que deja un periodo de incertidumbre para niñas, niños y adolescentes que ya enfrentaron la violencia extrema contra su madre.
“Hay casos donde todavía ellos mantienen la patria potestad e inclusive la custodia de los menores, mientras estos procesos pueden durar tres, cinco años”, señaló Arreola Ruiz, al advertir que el problema no es solamente jurídico, sino de protección inmediata para las infancias.
La legisladora sostuvo que la reforma busca impedir que los hijos de una víctima de feminicidio queden obligados a convivir o permanecer bajo la influencia del mismo hombre señalado por quitarle la vida a su madre. “Lo que parece injusto es que, además de que el padre le arrebató a su mamá, o destruyó la vida, todavía tengan la posibilidad de convivir”, expresó.
Aunque la diputada afirmó que sí existen casos de este tipo en Michoacán, reconoció que no cuenta aún con una cifra precisa y que deberá revisar la información con la Fiscalía. También aclaró que no existe una estadística sobre cuántas niñas, niños y adolescentes quedan bajo custodia de padres imputados por feminicidio.
La iniciativa retoma el caso de Cecilia Monzón, abogada y activista asesinada en Puebla en mayo de 2022, cuyo feminicidio evidenció las fallas del sistema para proteger de forma inmediata a las infancias cuando el presunto agresor es también el padre. En ese caso, el padre del menor fue imputado y, de acuerdo con la exposición de motivos, la familia materna enfrentó dificultades para obtener la custodia.
El proyecto propone adicionar una fracción al artículo 425 del Código Familiar para suspender la patria potestad desde la vinculación a proceso, y otra al artículo 422 para establecer su pérdida definitiva cuando exista sentencia condenatoria ejecutoriada por feminicidio de la madre, incluso en tentativa.
Arreola Ruiz dijo que, de aprobarse la reforma, la custodia no pasaría automáticamente a la familia materna, sino que tendría que ser resuelta por un juez conforme al interés superior de la niñez. No obstante, consideró que, en principio, debería privilegiarse a la familia de la madre cuando existan condiciones para ello.
El debate de fondo es que la patria potestad no puede seguir tratándose como un derecho intocable del progenitor, sino como una responsabilidad sujeta al bienestar de niñas, niños y adolescentes. La propia iniciativa sostiene que la suspensión o pérdida no sería una sanción penal adicional, sino una medida de protección familiar frente a contextos de violencia extrema.


