El constitucionalista y especialista en juicio de amparo, Gumesindo García Morelos afirmó que al remover a Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, como auditor Superior de Michoacán cuando existía una suspensión provisional dictada por un juez de distrito, el pleno de la LXXV Legislatura local incurrió en una violación constitucional, por lo que la separación del cargo no tendría efectos.
En entrevista, explicó primero que, de acuerdo al artículo 136 de la Ley General de Amparo, la suspensión del acto reclamado surte efecto de inmediato, aún cuando no haya sido notificado el Congreso, o los legisladores se nieguen a recibir la documentación.
García Morelos afirmó que, al no acatar la determinación judicial, la remoción de Miguel Ángel Aguirre Abellaneda no sería válida, ya que el juez séptimo de distrito, José Ramón Rocha González, mandató que no se dictara una resolución de fondo, es decir que no sancionara y ahora el Congreso de Michoacán tiene 48 horas para dar una respuesta.
Recordó que la audiencia incidental es el siguiente viernes y será entonces cuando el juez federal determinará si concede o niega la suspensión definitiva al quejoso.
Recordó que al momento, “la suspensión tiene carácter provisorio”, por lo que se puede revocar o modificar.
Gumesindo García consideró que al ignorar el mandato judicial, los legisladores se convirtieron en” enemigos de la Constitución y las leyes”, lo cual es muy grave, ya que “el Poder Judicial de la Federación es el contrapeso de todos los poderes, el poder más importante”
Anticipó que los diputados podrían ser sancionados por el juez únicamente con una multa, aunque también podría darle vista al Ministerio Público para iniciar una denuncia en consecuencia.