INAI rechaza solicitud de AMLO para investigar ingresos de Loret de Mola

El Instituto Nacional de Transparencia, Accesos a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), negó la solicitud que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador, para tener información de los ingresos del periodista Carlos Loret de Mola, así como para dar a conocer facturas y comprobantes relacionadas con la situación financiera del comunicador.

A través de un ofició, la Comisionada Presidenta del instituto, Blanca Lilia Ibarra Cadena, señaló que el INAI no tiene “las facultades constitucionales ni legales” para atender dicha petición.


“Siendo así y en referencia a su petición consistente en que este instituto lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que posee el señor Carlos Loret de Mola, socios y familiares, se le informa que el INAI, no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada”

Ibarra Cadena, refirió que para realizar la investigación solicitada se requiere información de entidades púbicas como el Servicio de Administración Tributaria, la Unidad de Inteligencia Financiera y Registros Públicos de la Propiedad, por lo que sugirió al presidente Andrés Manuel López Obrador, que dirija su solicitud de información a los “sujetos obligados” mencionados.

En relación con la solicitud que realizó el mandatario federal para dar a conocer las facturas y comprobantes de los ingresos de Carlos Loret de Mola, la presidenta del INAI, expresó que de acuerdo a los artículos 6° y 16° de la Constitución mexicana, dicha acción no está permitida, ya que se debe garantizar el derecho a los datos personales,, por lo que para hacer pública la información se requiere el consentimiento de la persona en cuestión.

“En términos de la Ley General de Protección de Datos Personales y en Posesión de Sujetos Obligados, cualquier autoridad del Estado mexicano tiene el deber y la obligación de garantizar la protección de datos personales que tenga en su posesión. Para dar efectos de poder dar a conocer por cualquier medio, datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión, el cual debe otorgarse de forma libre, Especifica e informada y en algunos casos de manera expresa”.

Precisó que, un comprobante con requisitos fiscales o cualquier otro documento con características similares de una persona física, que se desarrolla en el ámbito privado, “contiene información patrimonial cuya naturaleza tiene aparejado el derecho a la libre autodeterminación”, por lo que, de no tener la autorización del titular, no se pueden difundir los datos obtenidos.

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