Pese a que Michoacán no ha alcanzado las cifras de muertos y contagios de COVID-19 de hace un año y se mantiene por debajo de la media nacional en hospitalizaciones, este lunes el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla decretó “medidas extraordinarias”, con las que se busca no suspender actividades gubernamentales, sociales, económicas y educativas.
El secretario de Salud, Elías Ibarra Torres anunció la firma del documento cuando el estado registra 8 mil 70 defunciones y 123 mil 25 enfermos confirmados, además de que se tiene presencia de las variantes Delta y Ómicron, así como del virus sincitial respiratorio y de la influenza A.
En el documento, se establece un aforo máximo permitido de 60%, así como favorecer la ventilación natural y promover espacios libres de cigarro en establecimientos mercantiles y de reunión social, como iglesias, gimnasios, tianguis, mercados, plazas, centros comerciales, cines, teatros, restaurantes, bares y antros; balnearios y salones de fiesta.
En los eventos masivos se mantiene el uso obligatorio de cubrebocas, el mismo aforo, evitar la participación de adultos mayores de 60 años y acudir como responsable del riesgo individual.
Se determina el regreso a clases presencial y voluntario, siempre y cuando el semáforo COVID se encuentre en Verde, de acuerdo a la Guía de Regreso a Clases, que establece los filtros escolares, así como 50% un día y el resto de los alumnos al siguiente con entrada escalonada.
El funcionario rechazó que no exista cambios en relación a los decretos emitidos durante el gobierno de Silvano Aureoles Conejo y señaló que su principal diferencia es que “trae sanciones en base a la Ley estatal de Salud y la Federal”.
El secretario de Salud, señaló que las sanciones a quienes incumplan con las medidas, van desde amonestación o apercibimiento, multa de 10 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAS); clausura temporal o definitiva del establecimiento, o arresto administrativo por hasta 36 horas.
Precisó que en el caso de las autoridades municipales están obligadas a evaluar los permisos para eventos públicos masivos, junto con Cabildo y comité municipal de salud, y en caso de otorgarse deberán cumplir con las medidas preventivas y el aforo permitido.
Sin embargo, detalló que no se incluyó sanción alguna para los ayuntamientos que incumplan con estas disposiciones.
Se mantiene el uso obligatorio de cubrebocas, filtro con gel antibacterial y toma de temperatura de ingreso; control de accesos y salidas; así como la colocación de un una pancarta o documento con la información de las medidas sanitarias en el acceso a establecimientos de reunión, ya sean públicos o privados.