El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla afirmó que debe sentar “precedentes” el caso de Osmar N, el menor de 15 años de edad, que asesinó a dos profesoras en la preparatoria Antón Makárenko del municipio de Lázaro Cárdenas, el pasado 24 de marzo.
Entrevistado sobre el proceso judicial que se sigue y en el que este jueves se revisó la medida cautelar de prisión preventiva en que deberá mantenerse el menor mientras se desarrolla el juicio, el mandatario precisó que aún trabajan en la reforma al Sistema de Justicia de Niñas, Niños y Adolescentes, ya que es del ámbito federal.
Aseguró que en delitos graves debe revisarse elementos como “alevosía, la saña, el uso de un arma exclusiva del Ejército”.
“Es un caso creo que tiene que causar precedentes distintos respecto a la justicia en el caso de delitos graves. donde hay alevosía, ventaja, hazaña, uso de un arma exclusiva del ejército, que se tiene que revisar todo este proceso a nivel nacional, es un gran debate”.
Los hechos se registraron la mañana del martes 24 de marzo al interior del centro escolar, donde las víctimas identificadas como María Del Rosario S, de 36 años de edad y Tatiana B., de 37 años, fueron privadas de la vida con disparos de arma de fuego.
De acuerdo a los reportes, algunos jóvenes lograron someter al agresor y momentos después lo entregaron a la policía; en el área, las autoridades aseguraron el arma utilizada, 47 cartuchos útiles y una funda para guitarra que habría usado para trasladar fusil.
El artículo 164.de la Ley Nacional del Sistema de Justicia Integral para Adolescentes establece que el internamiento se utilizará como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda a las personas adolescentes que al momento de habérseles comprobado la comisión de hechos señalados como delitos tengan más de 14 años de edad y menos de 18 años.
En casos de terrorismo, extorsión agravada, contra la salud, posesión, portación, fabricación, importación y acopio de armas de fuego prohibidas y/o de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea; homicidio doloso, en todas sus modalidades, incluyendo el feminicidio; Violación sexual; Lesiones dolosas que pongan en peligro la vida o dejen incapacidad permanente, y Robo cometido con violencia física
En el articulo 145 señala que “la duración máxima de las medidas de sanción que se podrá imponer a la persona que cometa un delito entre catorce años cumplidos y menos de dieciséis años, será de tres años”
En el caso de quienes cometan un delito cuando tengan entre 16 años de edad y menos de 18 será de 5 años.



