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 ¿Para qué sirve la autonomía del INE?

La autonomía plena del Instituto Federal Electoral (IFE), otorgada por la reforma constitucional de 1996, fue el momento culminante de la transición democrática mexicana. A partir de entonces, la función electoral quedó claramente separada de las funciones de gobierno y sin ninguna subordinación a autoridades políticas. La autonomía constitucional del IFE, junto con la creación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), reglas y montos de financiamiento público a los partidos más equitativo, mayor acceso a los tiempos oficiales de radio y televisión, y normas más rigurosas de fiscalización de los ingresos y gastos de los partidos, conformaron un nuevo marco de elecciones competitivas y confiables.

Una de las consecuencias más visibles del nuevo sistema electoral creado en 1996 fue la serie de alternancias en el poder y en la representación política. En las elecciones de 1997 el PRI perdió la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados, al tiempo que el PRD ganaba el Gobierno del Distrito Federal y el PAN las gubernaturas de Nuevo León y Querétaro. En las elecciones de 2000, el PRI perdió la Presidencia de la República y varias gubernaturas más. Desde entonces, la alternancia en el poder ha sido la regla y no la excepción. Al viejo sistema de partido hegemónico lo sustituyó un sistema de partidos pluralista y competitivo.

Otra consecuencia menos notoria que las alternancias en el poder, pero tanto o más importante que éstas, ha sido la independencia de las decisiones del IFE -y después del INE- frente al poder del presidente de la República en turno. Veamos algunos ejemplos de esas decisiones, plasmadas en sanciones o medidas restrictivas.

En marzo de 2003, después de una larga y complicada investigación, el Consejo General del IFE sancionó al Partido Revolucionario Institucional con una multa de mil millones de pesos, por haber recibido ilegalmente, poco antes de las elecciones de 2000, 500 millones de pesos provenientes de la empresa paraestatal Pemex. En octubre del mismo año 2003, el IFE sancionó al PAN y al PVEM, coaligados para postular a Vicente Fox en la elección de 2000, por haber recibido financiamiento paralelo de empresas mercantiles, dinero del extranjero y aportaciones privadas no declaradas. La sanción sumó un total de 498 millones de pesos de multa. Nótese que esta segunda investigación (conocida como caso Amigos de Fox) se llevó a cabo cuando Fox era presidente.

Durante las campañas de 2006, el IFE ordenó al gobierno de Fox que, a partir de 40 días antes de la jornada electoral, debería suspender toda propaganda gubernamental que aludiera a las elecciones, los partidos o los candidatos en contienda. Cabe señalar que en ese entonces no había en la ley tal restricción a la propaganda gubernamental, pero el IFE consideró necesario limitarla para preservar la equidad en la contienda. En mayo de 2009, el IFE ordenó al gobierno de Felipe Calderón suspender la distribución de una carta a nombre del presidente para agradecer a los contribuyentes cumplidos, por hacerlo en el período de campaña electoral para renovar la Cámara de Diputados. En 2015, durante el proceso electoral de ese año, el IFE ordenó al gobierno federal retirar la etiqueta “Mover a México” (lema de la propaganda gubernamental) de las cajas de empaque de televisores que éste distribuía a población de bajos recursos, como parte del programa de transición a la televisión digital. Sin embargo, el TEPJF revocó el acuerdo.

En julio de 2018, el Consejo General del INE determinó imponer al partido Morena una multa de 197 millones de pesos por financiamiento paralelo y manejo irregular de un fideicomiso para ayudar a damnificados por los sismos de 2017, durante las campañas electorales. El TEPJF revocó la sanción. El 30 de abril de 2020, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó suspender la distribución de una carta del presidente López Obrador a pequeños empresarios afiliados al IMSS a los que se les ofrecía un crédito con motivo de la pandemia, por considerarla propaganda personalizada prohibida por el artículo 134 constitucional. El TEPJF confirmó esa resolución.

Puede constatarse, entonces, que la autonomía del INE sirve para que sus decisiones sean independientes de cualquier gobierno o partido político, en beneficio de la legalidad y de la competencia electoral equitativa.

 

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