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76 Legislatura promueve la mediación como medio de resolución de conflictos en los municipios

Morelia, Michoacán; a 26 de noviembre de 2025.- Con la finalidad de promover una mayor cercanía con la ciudadanía en la atención de conflictos comunitarios e impulsar una cultura de legalidad y resolución pacífica en los municipios, el Pleno de la 76 Legislatura votó a favor de reformar el artículo 67 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.

La Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales puso a consideración de las y los legisladores el Dictamen de la iniciativa del diputado Alejandro Iván Arévalo Vera mediante el cual se refuerza el marco institucional ya existente.

En Sesión Ordinaria, el Congreso del Estado aprobó incorporar las fracciones XVIII y XIX al artículo 67 para señalar que son facultades y obligaciones la Síndica o el Síndico Municipal el atender y asesorar a la ciudadanía sobre mecanismos alternativos de solución de conflictos y canalizar, en su caso, a instancias competentes.

De igual forma, promover campañas de difusión sobre cultura de paz, legalidad y mecanismos de conciliación municipal.

En la Exposición de Motivos de la iniciativa del legislador Arévalo Vera se puntualizó la necesidad de que las administraciones de gobierno municipal se involucren a ampliar las vías de acceso a la solución de conflictos estudiando y desarrollando nuevos métodos para la solución de controversias que puedan alternar con la vía jurisdiccional.

“En la mediación se privilegia inicialmente la libre decisión de las partes, la cooperación y el compromiso mutuo, facilitando con esto, la continuidad de las relaciones pacíficas reduciendo la posibilidad de futuros litigios al comprometerse con los principios de legalidad, voluntariedad, responsabilidad y deber entre los actores involucrados en el conflicto para resolverlo y poder continuar conviviendo armónicamente”, detalló.

También estableció que este tipo de instrumentos de justicia alternativa, son mucho más rápidos y menos costosos a la población; procedimientos que dan seguridad, pueden ser aplicados a muchas materias, permiten un alivio o desahogo de los órganos de impartición de justicia comunes y permiten que se mantengan las relaciones humanas, en este caso de tipo vecinal.

“La mediación y conciliación se rigen a partir de principios tales como la voluntariedad, confidencialidad, flexibilidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad y honestidad”, recalcó.

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