jueves, 28
de marzo 2024
20.5 C
Morelia
jueves, 28
de marzo 2024

Una reforma destructiva

La iniciativa de reformas a leyes electorales aprobada por la Cámara de Diputados y luego por la de Senadores (aunque con algunas modificaciones que han aplazado la promulgación de una parte de la reforma), contiene algunos cambios notoriamente inconstitucionales y, en conjunto, amenaza con destruir las instituciones electorales edificadas progresivamente en los últimos 30 años.

La pretensión más grave de esa reforma es disolver las 300 Juntas Ejecutivas Distritales del INE, esos órganos que permiten mantener actualizado la cartografía y el padrón electoral, instalar casillas de votación en todo el territorio nacional, integrar mesas directivas de casillas con ciudadanos imparciales y garantizar el sufragio libre de los ciudadanos, entre muchas otras funciones indispensables de unas elecciones auténticas. Los órganos distritales están integrados actualmente por cinco vocales, miembros del Servicio Profesional Electoral, que aseguran un trabajo eficiente e imparcial. A ese cuerpo de funcionarios profesionales y experimentados, la reforma pretende sustituirlos por un solo “vocal operativo” que, supuestamente, se haría cargo de todas las funciones institucionales entre un proceso electoral y otro. Al empezar un nuevo proceso electoral, se reclutarían a otros dos vocales para hacerse cargo de todas las tareas de organización de las elecciones. Es decir, funcionarios profesionales de carrera serán sustituidos por personas improvisadas, cuya capacidad e independencia no podrían asegurarse. Y los Módulos de Atención Ciudadana, que dan el servicio de expedición de credenciales para votar, no contarían con la planeación y supervisión de vocalías distritales del Registro Federal de Electores. Improvisación y penurias: en eso se traduce el dogma de la austeridad.

Otra disposición nociva es la fusión en una sola de las vocalías de Organización Electoral y de Capacitación y Educación Cívica, ignorando las funciones diferentes que cada una tiene, la simultaneidad de sus actividades y el enorme volumen de trabajo de ambas durante el proceso electoral. Encomendar esas funciones a un solo vocal distrital (que, por su fuera poco, sería temporal), equivale a sabotear la adecuada ubicación de casillas, su equipamiento y la eficiente integración de mesas directivas de casilla. Y sin mesas de casilla debidamente integradas, la limpieza de las elecciones quedará en entredicho. Pareciera que a los autores de esta reforma electoral (y a quienes la votaron a ciegas) no les importa asegurar la organización eficiente de elecciones justas.

Una consecuencia de suprimir el carácter permanente de las Juntas Distritales, más la mutilación de personal que también sufrirían las Juntas Locales Ejecutivas (una por cada estado), será el despido de tajo de casi dos mil funcionarios del Servicio Profesional de Carrera, más una cantidad indeterminada de auxiliares. Además, se ordena compactar y fusionar varias direcciones ejecutivas y unidades técnicas de las oficinas centrales del INE, sin mediar un diagnóstico serio de la estructura orgánica ni la distribución de funciones de cada una. Muchos años de preparación profesional y experiencia serían arrojados de la basura. La saña mutiladora se impone sobre la racionalidad administrativa. Por lo demás, las liquidaciones conforme a la ley del personal que fuere despedido, sumarían más de 3 mil millones de pesos (a menos que también se deroguen los derechos laborales).

Entre las numerosas disposiciones destructivas que contiene el llamado Plan B de la reforma electoral, hay una que llama la atención por la inquina que le inspira: el cese inmediato del Secretario Ejecutivo en funciones, con el pretexto de modificación de algunas de sus atribuciones. Pero tal disposición es contraria a la Constitución, ya que el artículo 41, Base V, Apartado A, establece: “El Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General a propuesta de su Presidente”. El Consejo General no ha revocado su nombramiento. Por ende, sigue vigente. Una ley secundaria no puede contrariar a la Constitución.

En este intento de reforma hay muchos más cambios carentes de diagnóstico y de racionalidad, más bien inspirados en el rencor y la ignorancia. No son pocas las disposiciones que contravienen la letra y el espíritu de la Constitución. Son varios los actores políticos o institucionales que recurrirán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Estos deberán ponderar que están en juego las capacidades técnicas y operativas del INE, sin las cuales no pueden garantizarse elecciones limpias. Si estos órganos de justicia no frenan el afán de debilitar el sistema electoral, conculcará los derechos políticos de la ciudadanía y pondrá en riesgo la estabilidad y la paz de México.

Comparte esta publicación:

TE PUEDE INTERESAR

PUBLICACIONES RECIENTES

TENDENCIAS

TENDENCIAS

Tras 20 días, revelan desaparición de regidor del PAN en Cotija

El Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN), exigió la aparición con vida de Arnulfo García Figueroa, regidor del ayuntamiento de Cotija. En...

TENDENCIAS

Tras 20 días, revelan desaparición de regidor del PAN en Cotija

El Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN), exigió la aparición con vida de Arnulfo García Figueroa, regidor del ayuntamiento de Cotija. En...

TENDENCIAS

Con éxito trasplanta SSM riñón a paciente de 62 años

La Secretaría de Salud de Michoacán (SSM) trasplantó con éxito a un moreliano de 62 años de edad, que se encontraba en lista de...