El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla informó que un Tribunal Colegiado les dio la razón y revocó la determinación del juez Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, que había otorgado la suspensión que solicitó la agrupación “Los Alegres del Barranco” para que no se les aplicara el decreto que prohíbe la interpretación o reproducción de cualquier tipo de música que haga apología del delito en eventos públicos del estado.
De manera breve, explicó que, en consecuencia, está más firme que nunca su intención de combatir este ilícito, más aún que además del decreto, el Congreso local aprobó la Reforma al Código Penal para tipificar esta conducta.
“Ganamos el amparo, el juez federal perdió el amparo, ya un colegiado de circuito nos declaró legal nuestro decreto, pero bueno, ahora ya hay una ley, ahora estamos más firmes que nunca en el tema de combatir la apología del delito, esa anticultura del delito.”
El decreto administrativo que entró en vigor el 17 de abril, establece la prohibición de que en ninguna plaza, auditorio, estadio, centro de espectáculos, feria y cualquier otro lugar de acceso público se realicen presentaciones que influyan en la generación de violencia a través de géneros musicales.
El derecho prohíbe los corridos tumbados, narcocorridos, corridos progresivos, corridos bélicos y corridos alterados u otros que hagan alusión o promoción de grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos.
Incumplir esta disposición implicará sanciones económicas y administrativas como la suspensión temporal y definitiva del evento, clausura del lugar y revocación de licencias y multas de hasta 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, que serán impuestas por las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública, autoridades facultadas para realizar los operativos de inspección correspondientes