A partir de este sábado, el abogado Alberto Moreno Zamudio inició el proceso de recepción de documentos de los ciudadanos interesados en tramitar de manera gratuita un amparo contra el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), que cobra la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y se entrega a cada ayuntamiento michoacano, debido a que es inconstitucional desde su creación.
En el Obelisco a Lázaro Cárdenas, de Morelia, recibió la primera documentación de morelianos que, con el fallo a favor del Poder Judicial Federal, ya no tendrán que pagar cada bimestre los 50 pesos que se establecen por este concepto en el recibo.
Explicó que pese a que el DAP es ilegal desde 1973, los alcaldes lo siguen proponiendo en sus Leyes de Ingresos, que los legisladores michoacanos aprueban cada año.
“Este cobro ha sido declarado inconstitucional desde 1973 que el Congreso local y los presidentes municipales lo siguen cobrando año con año y año con año lo siguen incrementado, por eso nos seguimos apoyando a la gente con este tipo de juicios. “
El abogado recordó que los legisladores solo han modificado el esquema para calcular el DAP, ya que antes se cobraba de acuerdo al consumo de energía eléctrica y desde hace 2 años se estableció una cuota única de 50 personas.
Explicó que esto también afecta a los ciudadanos, ya que quien antes pagaba 8 pesos, ahora debe pagar 50, al igual que los empresarios.
Señaló que sigue violando los principios de equidad y proporcionalidad tributaria, además de que los legisladores invaden “la esfera de atribuciones del Congreso de la Unión”
“Se argumenta la violación a los principios de equidad y proporcionalidad tributaria, y que el Congreso de Michoacán sigue violando la Constitución al seguir invadiendo la esfera de atribuciones del Congreso de la Unión, al a seguir cobrando energía eléctrica”.
El también fundador del movimiento AntiDAP aseguró a los ciudadanos que una vez que la justicia federal concede el amparo, se le reintegra el 100% de lo que haya pagado por DAP en su recibo.
“No el 10 ni el 15, el 100% que nos hayan cobrado en enero, febrero, marzo, dependiendo lo que haya durado el judicio de amparo, por ejemplo si a ti te llega el recibo en junio ya sin DAP te van a devolver enero, febrero, marzo, abril, mayo, todo lo que hayas pagado se reembolsa”.
Si busca ser beneficiado con el amparo tiene que cubrir estos requisitos:
1.- Tiene que acudir el titular del servicio de energía eléctrica.
2.-Que su recibo sea del periodo de noviembre 2025 a enero 2026, así sea por un solo día.
3.- Llevar comprobante del pago realizado en cajas o cajeros CFE.
4.- Firmar la demanda de amparo.


