Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que determinaron la inelegibilidad de diversas personas candidatas, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PJF) 2024-2025 y en 15 casos ordenaron se les entreguen las constancias de mayoría.
Los inconformes presentaron demandas de juicios de inconformidad al considerar que el INE se excedió en sus atribuciones al realizar la verificación de los requisitos de elegibilidad.
El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera fue respaldado por la presidenta del Tribunal Mónica Soto Fregoso y Felipe de la Mata Pizaña, quienes votaron por revocar el acuerdo del INE por el que se declaró inelegibles 15 candidatos por no acreditar la calificación mínima de 8.
Votaron en contra, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis, quien incluso se pronunció por ordenar al INE revise de nueva cuenta el cumplimiento del requisito pero no fue aprobada su propuesta.
En la sesión pública, la Sala Superior revocó los acuerdos al considerar que el ejercicio de verificación del promedio realizado por el INE no se ajustó a derecho y debe quedar sin efectos.
Se consideró que el Consejo General del Instituto no contaba con atribuciones para valorar nuevamente los expedientes académicos de las partes actoras a fin de valorar si cumplían o no con el promedio y que sustituyó indebidamente en el juicio técnico de los comités de evaluación, sin contar con una metodología propia y validada para realizar una valoración especializada.
Asimismo, desechó algunas demandas de diversos juicios de inconformidad porque agotaron su derecho de impugnar con la presentación de otros medios previamente.