La comunidad purépecha de Chapa Nuevo logró un triunfo histórico al obtener una resolución favorable del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), que revocó a decisión del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) de negarles una consulta para ejercer su derecho al autogobierno y a la administración directa de su presupuesto, según informaron habitantes de esta localidad.
El conflicto inició el 10 de enero de 2025, cuando la Asamblea General de Chapa Nuevo –su máxima autoridad– solicitó formalmente al IEM una consulta previa, libre, informada y vinculante, como lo establece el marco legal en materia de derechos de los pueblos indígenas.

Sin embargo, el 19 de marzo el IEM rechazó esta solicitud con el argumento de que la comunidad era una “encargatura del orden dependiente” de la tenencia de Zirahuén, con base en un bando municipal emitido posteriormente a la petición de consulta.
La comunidad, con el respaldo del Consejo Supremo Indígena de Michoacán y el colectivo de abogados indígenas, presentó el juicio TEMJDC 155-2025 ante el TEEM. Este 8 de mayo, el Tribunal resolvió de forma unánime a favor de la comunidad, ordenando al IEM desechar el uso del bando municipal como criterio y realizar investigaciones sociológicas para determinar la autonomía real de Chapa Nuevo.
“El uso de criterios administrativos como el número de habitantes o bandos municipales revictimiza a los pueblos indígenas más pequeños y marginados”, explicó el abogado Raymundo Ortiz Martín del Campo, representante legal de la comunidad. Añadió que el criterio de “dependencia” no puede estar determinado por autoridades municipales que tienen intereses presupuestales en juego.
Por su parte, Pablo Cruz González, representante de Chapa Nuevo, denunció intentos del ayuntamiento de Salvador Escalante –presidido por Dayana Pérez Mendoza– de manipular la voluntad comunitaria mediante campañas de división y compra de apoyos.
También reiteró que la comunidad jamás ha pertenecido a la tenencia de Zirahuén como lo demuestran documentos históricos de los años 30 y testimonios de otras comunidades vecinas.
El representante legal agregó que el fallo del TEEM representa un precedente clave para otras comunidades indígenas en Michoacán que buscan ejercer su derecho a la autodeterminación, especialmente aquellas clasificadas como encargaturas del orden.
Aunque aún está pendiente la resolución de un amparo indirecto contra la legislación estatal que diferencia entre “encargaturas independientes” y “dependientes”, esta victoria es celebrada como un paso firme hacia la justicia y la autonomía indígena.