Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundada la impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos artículos de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, parte de la reforma educativa de 2019.
Con el proyecto del ministro Irving Espinosa, el Pleno judicial reconoció la constitucionalidad de los artículos 35, 39 fracción VIII, 40, 44 y 64, que establecen la prioridad en la entrega de plazas docentes a egresados de las escuelas normales públicas, la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y los Centros de Actualización del Magisterio, sin necesidad de examen de ingreso.
En defensa del proyecto, el ministro señaló que esta medida es idónea y razonable, pues se inserta en la estrategia nacional de fortalecimiento de las escuelas normales y en la política de revalorización del magisterio.
“La medida de priorizar a los egresados de dichas instituciones es idónea, pues guarda relación instrumental con esa finalidad al insertarse en la estrategia nacional de mejora de las escuelas normales y en la política de revalorización del magisterio”, señaló el proyecto.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que la resolución también reconoce la promoción horizontal impulsada por la Secretaría de Educación Pública, que otorga incentivos sin cambio de funciones. Consideró que dar prioridad a los egresados normalistas es un acto de respeto y una decisión legislativa razonable que fortalece la identidad y prestigio de las instituciones formadoras de docentes.


