Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) que determinó que el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla violó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Constitución Federal, al mantener por casi un año la propaganda de su primer informe de gobierno, cuando la norma establece un periodo de 12 días.
En la sentencia de los juicios electorales promovidos por el mandatario estatal, a cargo del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, se determinó que no difundió fuera de los plazos permitidos por la ley su primer y segundo informe de labores, por lo que propuso revocar las sentencias.
El secretario de Estudio y Cuentas, Edwin Guzmán Ramírez detalló que la ponencia consideró que la razón le asiste a los promoventes de los recursos, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y la coordinadora de Comunicación Social, Záyin Villavicencio Sánchez.
“La ponencia considera que en ambos casos, les asiste razón a los promoventes respecto a que las publicaciones objeto de la denuncia no constituyen una vulneración a la prohibición de temporalidad previsto por normativa, toda vez que para actualizar esa infracción es necesario advertir cuándo se realizó la difusión”.
De acuerdo a la sentencia, la información difundida en redes sociales sobre los informes “se trata de mensajes almacenados en redes sociales los cuales fueron difundidos dentro del periodo permitido, sin que se adviertan conductas adicionales por parte de los denunciados tendientes a mantener vigentes esos contenidos”.
Sin discusión, el pleno de la Sala Superior aprobó revocar las sentencias impugnadas.
El pasado 31 de enero, tras conocer la resolución del TEEM, Ramírez Bedolla lo acusó de regresar a la época de la Inquisición, al considerar que este tipo tribunales deberían estar “preocupados por meter a los delincuentes a la cárcel y juzgarlos, que por andar en el chisme político”.