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Raúl Morón no será candidato al gobierno de Michoacán: TEPJF

Con 5 votos a favor y 2 en contra, la sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) y rechazó de nuevo la candidatura de Raúl Morón Orozco al gobierno de Michoacán, así como la de Félix Salgado Macedonio al de Guerrero.


En consecuencia, otorgó a la Coalición “Juntos Haremos Historia” un plazo para que designe un candidato sustituto, aunque no se precisó durante la lectura de la resolución, que se hizo en la sesión de este martes.


La discusión se prolongó por cerca de dos horas en torno al proyecto de la magistrada Mónica Soto Fregoso, quien propuso revocar la sanción al edil con licencia, al considerar que partido y aspirante no podrían ser responsables de la misma conducta.


Aseguró que el INE omitió argumentar los motivos por los que se determinó imponer la sanción más severa y planteó revocar la negativa al registro, así como pedir al INE modificar el castigo.


“A mi juicio, no hay elementos a partir de los cuales pueda constituirse una participación mayor o más grave del cuidadano, para que se le haya sancionado con la pena más severa para quienes aspiran a la obtención de una candidatura. No se advierte que exista algún elemento comprobatoria que a diferencia del partido el ciudadano actuó con dolo o debe considerarse de gravedad mayor”.


En respuesta, los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzáles, Felipe de la Mata Pizaña, Janine M. Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, votaron en contra y consideraron que el INE realizó una valoración adecuada de la sanción para castigar el incumplimiento del precandidato de presentar sus informes de ingresos y gastos de precampaña.


Mata Pizeño, consideró que la conductas de los precandidatos “riñen con la rendición de cuentas e impidieron que la autoridad electoral pudiera verificar el uso de los recursos”.


En tanto, Reyes Rodríguez, planteó que “la sanción a los precandidatos no estaba separada de la sanción al partido y el INE si utilizó de manera adecuada el catálogo de sanciones”.


Incluso, la magistrada Janine M. Otálora, se refirió a la importancia de no poner en riesgo la autonomía del Tribunal Electoral y confirmó su voto a favor de rechazar ambas candidaturas.


“Debemos mantener nuestra autonomía en las resoluciones y es el derecho el que debe regir la politica y no la politica regir al derecho. Poco se ha hablado del otro principio que está en juego y es el principio de rendición de cuentas y la importancia del modelo que rige en el país”.


Con un llamado a dejar a un lado cuestiones de tipo politico, solo el presidente del órgano jurisdiccional, José Luis Vargas Valdez, votó a favor de reintegrar la candidatura a Raúl Morón Orozco y a Félix Salgado Macedonio, con el argumento de que se violentó su derecho a la garantía de audiencia.


Además, afirmó que se presentaron deficiencias graves del INE, que son suficientes para revocar la negativa de registro y considerar que la sanción es excesiva.

“La omisión culposa de ninguna manera puede ser sancionada con la pena máxima de negarse el registro a los canidadato. En el caso de Michoacán la sanción es desproporcionada e injustificada. La omisión atribuida no es suficiente para que se cancelen los registros, los precandidatos apelaron a ciertos derechos que consideraron se les habían violado”.


La resolución se consideró inapelable e inatacable.

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