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Protocolo de seguridad se aplicará a candidatos, dirigentes y actores políticos visibles

Además de los candidatos a diputados locales y ayuntamientos, el protocolo de protección y seguridad para el desarrollo de las campañas proselitistas en el proceso electoral local 2023-2024, que fue aprobado por la Mesa de Gobernabilidad, se extenderá a lo que se denomina “militantes de primera fila”, que comprende actores políticos visibles y dirigentes de partido.

De acuerdo con el documento que fue aprobado por partidos políticos y autoridades, el protocolo propuesto por la Secretaría de Gobierno, fue modificado para ampliar la línea de actuación.

En el protocolo, se quitó todo lo relativo a candidaturas federales, para atender solo a los candidatos a diputados locales y ayuntamientos; otro aspecto que se consideró en la mesa es que dicho reglamento no solo queda acotado a candidaturas, sino que se amplía a dirigentes y representantes que sean muy visibles, que son militantes en primera línea.

Este documento prevé entre otras cosas, una serie de trámites para acceder a protección preventiva si existen riesgos o amenazas en su contra; establece que será la Secretaría de Gobierno del estado la responsable de aplicar el protocolo, todo aquel candidato que sienta un riesgo o amenaza directa, con motivo de su postulación o derivado de ella y por razón de su género, podrá acceder a ser protegido a través de las formalidades establecidas en el protocolo.

Aclara que puede haber candidatos que tengan seguridad de tiempo atrás que no siguieron este protocolo, pero los deben mandar oficio a la Secretaria de Seguridad y adherirse a las nuevas medidas.

De acuerdo al protocolo para obtener protección preventiva durante la campaña electoral 2023-2024, la persona candidata, por medio de su dirigente del partido político o su representante legal, en caso de ser independiente, deberá realizar una solicitud ante SEGOB, durante las sesiones de la mesa de Gobernabilidad de forma oral y posteriormente de forma escrita.

Además de los datos generales de la amenaza. debe ofrecer “las pruebas que tuviere sobre la situación de riesgo o amenaza directa”, además copia de la denuncia presentada ante la Fiscalía General del Estado República o Fiscalía General de la República.

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