A 10 días de que se cumplan 9 años de la incursión policial que se realizó el 5 de abril del 2017 en la comunidad indígena de Arantepakua, donde murieron 4 comuneros y 1 policía, un juez dictó orden de aprehensión contra el exgobernador Silvano Aureoles Conejo y el exsecretario de Seguridad Pública, Juan Bernardo Corona Martínez y 14 policías estatales.
Los exfuncionarios son acusados por los delitos de tortura, abuso de autoridad y homicidio calificado durante la incursión policial.
De acuerdo a la información oficial, el juez de control del fuero común no determinó dicha medida para el exfiscal del estado, Adrián López Solís, quien al momento del operativo policiaco se desempeñaba como secretario de Gobierno y era señalado por las víctimas como responsable del operativo policiaco.
En su momento, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) determinó que se cometieron actos de tortura, abuso, detención arbitraria y retención ilegal en Arantepacua el 5 abril del 2017 por lo que determinó la reparación del daño a las víctimas.
De acuerdo al reporte de la CNDH, el 5 de abril del 2017 un grupo de habitantes de Arantepacua, municipio de Nahuatzen, denunciaron la incursión de policías estatales, cuando se llevaban a cabo las negociaciones para liberar a 38 detenidos al transitar en un autobús con reporte de robo.
Sin embargo, los elementos policiales arremetieron en contra de los pobladores de esta comunidad lo que derivó en un enfrentamiento, que provocó la muerte de 5 personas, 4 comuneros y 1 policía estatal, además de alrededor de 45 heridos, entre ellos 37 civiles y 8 oficiales.
Tras resolver la queja, la CNDH emitió una serie de recomendaciones, al gobernador de Michoacán, representado en 2020 por Silvano Aureoles Conejo y a la Fiscalía General del Estado (FGE), que encabeza Adrián López Solís:
• Reparar el daño e inscribir en el Registro Nacional a las Víctimas.
• Realizar un proyecto de reparación del daño a nivel colectivo junto con la FGE y el ayuntamiento de Nahuatzen.
• Ofrecer una disculpa pública institucional a las Víctimas y a sus familiares, por las violaciones a derechos humanos cometidas en su agravio y en el de la sociedad, que debe llevarse en un acto de manera conjunta.
• Deslindar las responsabilidades penales y administrativas que correspondan en contra de los servidores públicos involucrados por las violaciones a los derechos humanos cometidas.
• Designar al servidor público de alto nivel que fungirá como enlace con esta Comisión Nacional para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.



