Plan de confinamiento es facultad exclusiva del Presidente: Constitucionalista

Un plan de confinamiento obligatorio es facultad exclusiva del Presidente de la República previa aprobación del Congreso de la Unión, señaló el doctor en derecho constitucional, Gumesindo García Morelos, al señalar que ni en condiciones normales o de anormalidad como las que se enfrentan ahora por el COVID-19, es posible trastocar el derecho de libre tránsito.

En exclusiva para el periodista Carlos Alberto Monge Montaño en Post Data Radio, explicó que incluso existe jurisprudencia internacional de la Organización de las Naciones Unidas, que establece que los gobiernos estatales no pueden impedir que las personas circulen libremente en la vía pública.

“Cuando se va a trastocar un derecho humano como la libertad de tránsito, sólo el Presidente de la República lo puede hacer, como bien lo dijiste, con aprobación del Congreso de la Unión y además de que existe una jurisprudencia internacional de Naciones Unidas y también del Sistema Interamericano de Protección, por lo tanto, no podría derivarse un confinamiento obligatorio que impida a la persona que ande en la calle”.

Explicó que la Constitución Federal también precisa que corresponde al gobierno federal la responsabilidad de implementar los mecanismos necesarios en caso de una contingencia por motivos de salud y no a las autoridades estatales.

“El tema de salud, no le corresponde tomar medidas generales para enfrentar una epidemia a la Secretaría de Salud de los estados, es una atribución que tienen puntualmente dos órganos de salud del Ejecutivo Federal, de acuerdo al artículo 73, fracción XVI, de la Constitución: el Consejo de Salud Federal y or otra parte, la Secretaría de Salud Federal”.

Tras el plan de confinamiento que anunció el gobierno de Michoacán para evitar el contagio acelerado del Coronavirus, aclaró que en el decreto con el que se emitió la Emergencia Sanitaria Nacional el pasado 31 de marzo sólo se estableció la prohibición para transitar libremente a grupos vulnerables como los adultos mayores y para el resto de la población sólo se emitió una recomendación para permanecer en casa.

En consecuencia, García Morelos llamó más bien a que haya armonía entre los diferentes órdenes de gobierno, ya que, de lo contrario, los ciudadanos siempre tendrán la posibilidad de apelar al juicio de amparo.

“Ojalá que no hubiera necesidad de esto, pero le queda al ciudadano el acudir al juicio de amparo para combatir cualquier medida que no esté apegada al Estado de Derecho”.

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