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Pese a la suspensión que ordenó un juez, el Congreso elegirá un nuevo auditor Superior de Michoacán

Pese a la suspensión definitiva que ordenó el Juez Séptimo de Distrito para que el Congreso de Michoacán se abstuviera del nombramiento de un nuevo auditor Superior en tanto resuelva el amparo promovido por Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, legisladores locales están convocados a sesión nocturna programada a  las 20:00 horas de este miércoles para designar a su sucesor.  

Con votación dividida, integrantes de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), lograron la mayoría para que se convoque a la sesión plenaria en la que se desahogará como único punto del día, la lectura del dictamen relativo a la terna que acordaron los integrantes de la Comisión Inspectora.

Apenas este lunes, la presidenta de esta Comisión, Gloria del Carmen Tapia Reyes entregó en sobre sellado la terna a la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Laura Ivonne Pantoja Abascal.

En entrevista, ambas señalaron que el documento quedaría bajo resguardo, debido a la suspensión definitiva vigente.

Sin embargo, esta noche el dictamen ya ha sido circulado entre los 40 diputados michoacanos para cumplir con la publicidad reglamentaria.

De acuerdo al documento, tras evaluar el currículum, comparecencia y examen de conocimientos, el mejor evaluado sería el Auditor Especial de Normatividad y encargado de Despacho, Marco Antonio Bravo Pantoja con una calificación de 9.4; el segundo sería Oscar Palacios Bravo con un 7.9 y Juan Manuel Becerril López.

En consecuencia, integran la terna que se sometería a la consideración del pleno este miércoles, que tendrá que dos oportunidades para obtener la votación de dos terceras partes de los presentes, de lo contrario, deberán integrar una nueva  de entre los aspirantes registrados en un plazo no mayor a los 10 días hábiles.

De acuerdo a la Ley de Amparo, los legisladores incluso podrían ser sujetos a una sanción de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al no acatar un acto de notificación debidamente notificado”.

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