México responde a ONU solicitud de información sobre el homicidio de Bernardo Bravo

Bernardo Bravo

Morelia, Mich.– En respuesta a una petición de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para informar sobre el asesinato del líder limonero, considerado defensor de derechos humanos, Bernardo Bravo Manríquez, el Estado mexicano reportó la detención de un líder criminal y que actualmente existen dos órdenes de aprehensión vigentes, por lo que la investigación continúa para determinar responsabilidades materiales e intelectuales.

La información está contenida en el “Informe del Estado Mexicano en respuesta a la comunicación conjunta de los procedimientos especiales AL MEX 15/2025 sobre el asesinato del Sr. Bernardo Bravo Manríquez”, fechado el 20 de febrero de 2026, y remitido el 24 de febrero de 2026 por la Misión Permanente de México ante los Organismos Internacionales en Ginebra a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

En el oficio de remisión, la representación mexicana precisa que el informe responde a la comunicación conjunta de los procedimientos especiales AL MEX 15/2025, de fecha 29 de diciembre de 2025, relativa al asesinato del defensor Bernardo Bravo Manríquez, y señala que se adjunta el informe estatal en atención a ese requerimiento internacional.

De acuerdo con el documento que apenas se hizo público el pasado 8 de abril, el 20 de octubre de 2025 autoridades ministeriales acudieron a un camino rural del municipio de Apatzingán, Michoacán, donde fue localizado el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino al interior de un vehículo, que fue identificado como Bernardo Bravo Manríquez.

A partir de ese hallazgo, ese mismo día la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE)inició una carpeta de investigación por el delito de homicidio calificado, en agravio del defensor, radicada en la Fiscalía Regional de Apatzingán, en contra de quien resulte responsable.

El Estado mexicano informó además que el Ministerio Público ha desarrollado diversas actuaciones orientadas al esclarecimiento de los hechos, entre ellas la intervención en el lugar de localización de la víctima, el procesamiento de la escena, la recolección y aseguramiento de indicios, así como entrevistas y declaraciones de personas relacionadas con el caso, además de la integración de información de contexto y otros elementos probatorios.

El informe también señala que las instituciones competentes solicitaron y obtuvieron autorizaciones judiciales para la obtención de información en materia de telecomunicaciones y para la implementación de técnicas de investigación previstas en la legislación aplicable. De igual forma, refiere la elaboración de dictámenes periciales en diversas especialidades forenses, criminalísticas y técnicas, además del análisis de dispositivos electrónicos, registros de comunicación, material audiovisual e indicios materiales asegurados.

Como resultado de esos avances, el documento establece que “actualmente se cuenta con dos órdenes de aprehensión vigentes, libradas el 5 de noviembre de 2025 por el Juez de Control del Sistema Penal Acusatorio y Oral competente”.

Aunque el documento no lo señala, entre los detenidos se encontraría Alejandro Sepúlveda Arellano, El Botox, líder del grupo delictivo identificado como “Los Blancos de Troya”, vinculado a proceso por el homicidio calificado de Bravo Manríquez.

Añade precisa, que “la Fiscalía General del Estado de Michoacán continúa con las diligencias de investigación necesarias para la posible obtención de órdenes de aprehensión adicionales y la plena determinación de responsabilidades, tanto materiales como intelectuales”.

Finalmente, el Estado mexicano indicó que ya se solicitó información “a las autoridades competentes” respecto a los motivos por los que se tomó “la decisión de reducir las medidas de protección otorgadas a Bernardo Bravo a nivel estatal” y también las medidas que se han tomado para proteger a quienes defienden los derechos de los citricultores de Apatzingán.

Se precisa que ya fue solicitada información a las autoridades competentes y que, una vez recibida, será remitida para su conocimiento y efectos conducentes