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Exentos de declaración anual contribuyentes del régimen simplificado de confianza: SAT

Morelia, Mich.- Los contribuyentes que estén bajo el régimen simplificado de confianza, a partir de octubre están exentos de presentar declaración anual, no así las mensuales, señaló, Ignacio Zahaid Zamudio Méndez, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyentes Michoacán.

En este contexto, anunció una serie de trámites que pueden realizarse vía electrónica a través de las plataformas digitales del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Indicó que Michoacán ocupa el décimo lugar nacional por el tamaño del padrón con 3 millones 153 mil 382 contribuyentes, que creció un 14 por ciento en el 2024 y del cual, un millón 350 mil son de salarios asimilados.

“Los contribuyentes que tributan en el régimen simplificado de confianza pues a informarles que a partir del mes de octubre estos contribuyentes están exentos de presentar la declaración anual y solo tienen que presentar sus pagos mensuales”, dijo.

Informó que los contribuyentes podrán acceder a uno de los trámites más solicitados a nivel nacional, que es la emisión de las constancias de situación fiscal utilizando su huella digital, por lo que contribuyente acude a las instalaciones y con su huella digital puede obtener el documento.

Otra forma para obtener su constancia de situación fiscal, es a través de la credencial de votar vigente y no requiere cita, además de varias aplicaciones como el portal del SAT, la oficina virtual del SAT y SAT móvil, que son herramientas y estrategias de atención que se diseñaron para que el contribuyente desde su hogar, oficina o desde cualquier lugar puede obtener su constancia de situación fiscal.

Otro servicio es la cédula de datos fiscales, para que los contribuyentes puedan consultar de manera muy práctica sus dato; el documento emitido por la autoridad fiscal contiene su nombre, RFC, régimen fiscal y su código postal, para ello solo se necesita ingresar al portal del SAT colocar su RFC o CURP, automáticamente se le dan los datos, para que puedan facturar de manera inmediata.

Para la firma electrónica avanzada en el caso de las personas físicas y morales, dijo que ya no requieren la preinscripción para iniciar su trámite de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, solamente deben presentar la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral con domicilio visible y completo.

Las personas físicas cuando tengan menos de un año de que se haya vencido su firma electrónica avanzada, pueden tramitar su renovación a través del portal del SAT o de la aplicación; el contribuyente solo requiere llevar su USB y su identificación, acudir a las oficinas para que coloque su huella digital.

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