Sergio Carmelo Domínguez Mota, director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), denunció hechos que, a su consideración, constituyen un abierto incumplimiento a una suspensión provisional concedida por un Juez Federal y una obstrucción al ejercicio de sus funciones como Director e integrante del Consejo Universitario.
En un comunicado, señaló que como consta en el correo institucional enviado el 3 de agosto de 2026 a Yarabí Ávila González, rectora de la UMSNH, Domínguez Mota notificó formalmente el acuerdo dictado el 22 de julio de 2026, dentro del Incidente de Suspensión I-876/2026, derivado del juicio de amparo promovido ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Michoacán, mediante el cual se le concedió suspensión provisional con efectos restitutorios, solicitando el cumplimiento inmediato, integral y de buena fe de la determinación judicial.
En cumplimiento de dicha resolución, el 3 de agosto, se presentó en las instalaciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales para ejercer las funciones inherentes a su cargo, haciendo entrega de copia certificada de la suspensión a Laura Leticia Padilla Gil, resolución de la cual se desprende que quedaban sin efectos las medidas adoptadas para el desempeño provisional del cargo.
No obstante, a partir del 4 de agosto de 2026, fueron cambiadas las chapas y candados de las instalaciones de la Dirección de la Facultad, impidiendo materialmente el acceso del Director al ejercicio de las funciones que la autoridad federal ordenó restituir.
Ese mismo 4 de agosto, el Secretario General de la Universidad emitió el Oficio número 880/2026, mediante el cual convocó a sesión ordinaria del Consejo Universitario para el día 7 de agosto de 2026, citatorio que fue enviado a los integrantes del órgano colegiado, sin que fuera notificado al Dr. Sergio Carmelo Domínguez Mota, pese a conservar la calidad de integrante del Consejo Universitario derivada de su cargo como Director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Ante esa omisión, Domínguez Mota acudió por su propio derecho a la sesión del Consejo Universitario, participando inicialmente en los trabajos del órgano colegiado. Sin embargo, ya iniciada la sesión fue expulsado e impedido de continuar ejerciendo sus atribuciones como consejero universitario.
Previo a su retiro, el Director interpeló públicamente a la Rectora de la Universidad para preguntarle si reconocía la suspensión provisional concedida por el Juzgado Federal. De acuerdo con el propio Dominguez, la respuesta de la Rectora fue “No”, momento en el que nuevamente le hizo entrega de copia de la resolución judicial federal.


