Morelia, Michoacán.– El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán ordenó inscribir al senador José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña por seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como en el Registro Estatal, una vez que sea notificado y quede firme la sentencia, tras declarar la existencia de violencia política de género en perjuicio de Grecia Quiroz García, alcaldesa de Uruapan.
Durante la sesión pública virtual de este lunes 6 de julio, el pleno del TEEM resolvió por unanimidad el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-VPMG-005/2026, promovido por la presidenta municipal, al considerar que las manifestaciones denunciadas actualizaron los elementos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

De acuerdo con el proyecto, aunque las expresiones analizadas tenían “en apariencia un carácter neutral”, del análisis integral y contextual se advirtió que, de forma velada, el denunciado pretendió demeritar la gestión y desempeño de la denunciante como servidora pública, al sugerir que buscaba posicionarse por las condiciones mediante las cuales fue designada.
El Tribunal sostuvo que los señalamientos estuvieron dirigidos a afectar la carrera política de Quiroz, particularmente respecto de la posibilidad de ejercer su derecho a ser votada para un cargo de elección popular, en específico la gubernatura del estado, por el hecho de ser mujer, causándole un impacto diferenciado. También consideró que se intentó restarle credibilidad, reputación e imagen pública mediante una crítica que se extralimitó del debate político.
Como medidas de reparación integral, el TEEM estableció que la sentencia constituye por sí misma una forma de reparación y reconocimiento de que el ejercicio de un cargo público y de los derechos político-electorales debe realizarse libre de violencia. Además, ordenó como medida de no repetición que el denunciado tome un curso de capacitación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
La resolución precisa que Fernández Noroña deberá emitir una disculpa pública a favor de la denunciante, como parte de las medidas de reparación integral ordenadas por el Tribunal. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación, deberá informar al Tribunal, qué curso realizará y la institución que lo impartirá; además, tendrá que acreditar su asistencia dentro de los cinco días naturales posteriores a que la sentencia cause firmeza y remitir las constancias correspondientes dentro de las 48 horas siguientes a su conclusión. En caso de incumplimiento, podrá imponérsele una multa de hasta cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Asimismo, el Tribunal ordenó dar vista a la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores; vinculó al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral de Michoacán para realizar las inscripciones correspondientes, y determinó hacer del conocimiento la sentencia a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
No obstante, la sentencia aún puede ser impugnada por el senador ante la Sala Regional Toluca y, en su caso, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que la inscripción procederá una vez que sea notificado y la resolución quede firme.
La sentencia fue aprobada por unanimidad de votos, con votos concurrentes anunciados por la magistrada Alma Rosa Baena Villalobos y la magistrada presidenta Amelí Gissel Navarro Lepe.


