Ante las posturas encontradas de los diputados michoacanos en torno a la despenalización o no del aborto, la presidenta de la mesa directiva del Congreso del estado, Adriana Hernández Íñiguez informó que lo primero que tiene que hacer la LXXV Legislatura local es cumplir con la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2021, cuando decretó que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta.
Señaló que este tendrá que ser el punto de partida de los legisladores, por lo que envió una “excitativa” a las comisiones de dictamen para que avancen en el análisis de las iniciativas que están pendientes sobre el aborto, pero también en el resto de los temas pendientes, como el de los feminicidios, a fin de avanzar lo más posible antes de que termine el periodo de sesiones, el 15 de julio.
La legisladora anunció que en breve presentará una iniciativa de reforma al Código Penal del estado, en este sentido.
De acuerdo al Código Penal de Michoacán, la mujer que provoque su aborto de manera voluntaria será sancionada con seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad.
Solo existen cuatro excluyentes de responsabilidad penal por el aborto:
I. Dentro de las primeras doce semanas cuando el embarazo sea resultado de una violación, de una inseminación artificial no consentida, de una procreación asistida no consentida o precaria situación económica.
II. De no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud;
III. Cuando el producto presente una malformación grave en su desarrollo, según dictamen médico.
IV. Sea resultado de una conducta imprudente de la mujer embarazada.