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Con votación dividida, TEEM confirmó triunfo de Mario Sotelo pese a no acreditar calificación de 8

Con votación dividida, el Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) desechó el Juicio de Inconformidad (JIN) promovido contra el magistrado electo en materia penal, Mario Sotelo Rodríguez y confirmó su triunfo en el Proceso Judicial, pese a reconocer que no cumplió con el promedio de 8 en la Licenciatura ni de 9 en materias afines, como establece la Constitución del estado.

La sentencia a cargo del magistrado Eric López Villaseñor, consideró inoperantes los agravios esgrimidos por Ángel Botello Ortiz quien acusó omisión de los comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de revisar los requisitos de elegibilidad del candidato electo, al señalar que también son órganos técnicos constitucionales.

Andrade Morales incluso ratificó su criterio pese a que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consideró que el INE rebasó sus atribuciones al revocar el triunfo a 45 candidatos que no cumplieron ese requisito y declaró la vacancia.

Aunque en el caso de la elegibilidad de Alfredo Flores, la presidenta del Tribunal Alma Rosa Bahena Villalobos no respaldó la sentencia de Yurisha Andrade, en el caso del Juicio de Inconformidad por la elección Mario Sotelo Rodríguez, consideró que es inelegible, ya que, en ningún escenario cumple con el promedio mínimo que establece la Constitución.

Aseguró que el TEEM tiene todas las atribuciones para revisar el cumplimiento de los requisitos en esta etapa del proceso.

En el Juicio de Inconformidad 23/2025 (JIN) promovido por el entonces candidato a Magistrado en Materia Civil de la Segunda Sala en la Región Judicial 03 de Morelia, Jesús Sierra Arias, el Tribunal confirmó el triunfo de Enoc Iván barragán Estrada al considerar que como Magistrado en funciones no debía acreditar el promedio establecido en la Constitución, mientras que José María Cázares Rosales sí acreditó la práctica jurídica requerida.

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