La coordinadora de la Representación Parlamentaria en el Congreso de Michoacán, Fanny Pichardo Arreola presentó la primera iniciativa de reforma al Código Penal del estado, para armonizar la legislación estatal con el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional la penalización del aborto.
Ante el pleno legislativo, la también diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), señaló que el precedente histórico que dejó asentado el resolutivo del Poder Judicial Federal, “impide encarcelar a las mujeres y personal médico que ayuden con consentimiento”.
En la propuesta, se considera derogar los artículos 142, 144 y 145 del Código Penal del estado, además de adicionar un párrafo y reformar el artículo 146.
Con esto, se eliminarían la pena de seis meses a 2 años de prisión que actualmente se establece “a quien hiciere abortar a una mujer con consentimiento previo de ésta”; así como las sanciones de seis meses a un año de trabajo que se le impone actualmente a la mujer que voluntariamente provoque su aborto
La legisladora aclaró que despenalizar el aborto no implica fomentar su práctica, “solo conlleva a no criminalizar a la mujer que así lo decida”.
En la exposición señaló que el aborto solo esta despenalizado en cuatro de los 31 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, por lo que se tiene el registro de al menos 200 mujeres detenidas en México por crímenes relacionados con el aborto.
Pichardo Arreola, aclaró que la iniciativa de decreto “no es una propuesta a favor del aborto o la interrupción del embarazo, ni mucho menos la propuesta de la supuesta existencia de un derecho al aborto”.