El secretario de Acción Electoral del PRI, Alejandro Bribiesca Gil, afirmó que la Sala Regional Toluca y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no abordaron lo relativo a la inconstitucionalidad e ilegalidad de la designación de un secretario como magistrado para conformar el pleno del Tribunal Electoral de Michoacán.
El representante del PRI ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), consideró que esta acción realizada desde el Pleno del TEEM de nombrar al secretario como magistrado provisional, viola la competencia del Senado de nombrar magistrados de manera definitiva y del Congreso del estado de designarlos de manera provisional.
Expuso que al estar viciada de origen la conformación del pleno, las resoluciones que se emitan corren el riesgo de tener el mismo vicio.
“Con el respeto de quienes lo integran, las resoluciones dictadas por este pues corren el mismo vicio, lo que tradicionalmente en derecho llamamos la teoría del fruto del árbol envenenado. Si el árbol está envenenado, las manzanas lo están. En el mismo caso, si el pleno está conformado de manera ilegal, pues sus resoluciones son ilegales“, añadió.
Este agravio de la Sala Regional, afirmó queda sin análisis, al no entrar al fondo del estudio, así como por la Sala Superior, aún y cuando de manera superficial se pronunció respecto al mismo, pero sin la debida congruencia, ya que el pronunciamiento, se hace por un aspecto diverso al controvertido por el partido.
Mencionó que la esencia del agravio era la indebida integración del Pleno y la invasión de competencias, y no sobre quién recaía la presidencia, al señalar otros precedentes que no venían al caso.
Agregó que la Sala Superior evadió artificialmente el análisis constitucional de su queja, al catalogar como “mera legalidad lo que es un problema grave de invasión de competencias constitucionales”, e ignoró que la designación de magistrados tiene rango constitucional y afecta principios como la división de poderes y principalmente la independencia judicial.
Además, aseguró que el Tribunal Electoral contradijo su propia línea jurisprudencial sobre procedencia del recurso, cuando hay posibles violaciones a principios constitucionales y minimizó la importancia de garantizar que quienes juzgan elecciones sean designados conforme a la Constitución.