A partir de este 27 de febrero, el Cabildo de Morelia aprobó el nuevo Reglamento Ambiental del Municipio de Morelia que buscará la regulación de acciones de protección de medio ambiente con sanciones más fuertes, además de impulsar la creación de áreas verdes urbanas y áreas naturales protegidas, así como prevenir y vigilar la contaminación auditiva, además de participar en la prevención de emergencias y contingencias ambientales.
En el Artículo 125, de las medidas de seguridad y sanciones se establece que la Secretaría de Desarrollo Rural y Medio Ambiente emitirá suspensiones temporales o definitivas, prohibirá usos de bienes muebles o inmuebles, restringirá el horario laboral, inmovilizará productos materiales o sustancias o clausurará establecimientos de todos los giros que dañen la calidad de vida de las personas o que tengan repercusiones en ecosistemas.
En el capítulo XIV “De la Prevención de la Contaminación por Ruido, Vibraciones, Olores y Energía” se estipula que los establecimientos comerciales, industriales o cualquier asentamiento que emita cualquier tipo de contaminación ya referida, la Dirección de Medio Ambiente emitirá acciones preventivas o de corrección.
En el caso del ruido, establece que no se deberá rebasar los 68 decibeles de 6 de la mañana a las 22:00 horas y de 65 decibeles de 10 de la noche a 6 de la mañana. En caso de una denuncia constante, el ayuntamiento procederá a sancionar con multa de 150 a 1000 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), de 15 mil 561 pesos a los 103 mil pesos.
A quienes derriben árboles sin permiso del ayuntamiento serán multados con 5 mil 187 pesos por cada árbol derribado.
Son acreedores a una sanción de 10 mil 374 pesos a 82 mil pesos, quienes descarguen aguas negras residuales de uso doméstico a la vía pública por cualquier medio o causa; y aquellos que abusen del uso desmedido o desperdicio del agua potable y su derrama excesiva.
Otras faltas que considerará el nuevo reglamento del Medio Ambiente son: la quema de llantas, la emisión de contaminantes de polvos, gases, luces, ruidos, vapores y olores que rebasen los límites máximos contemplados por las normas oficiales mexicanas.