Por votación unánime, el Congreso de Michoacán aprobó reformas al artículo 104 de la Ley del Sistema estatal de Seguridad Pública, con lo que se reconoce a las kuarichas, rondas y rondines comunales, como cuerpos de seguridad de las comunidades que hayan determinado su autogobierno y ejerzan su presupuesto directo.
La modificación al artículo 104 de la legislación, propuesta por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, establece que dichos cuerpos de seguridad tendrán como función básica prevenir el crimen y preservar la paz, así como el orden público, por lo que, deben cumplir con los mismos requisitos que los integrantes del resto de las corporaciones de policía, pero con respeto a la autonomía de las comunidades.
El dictamen no enfrentó ninguna objeción de los 29 legisladores presentes a la sesión, quienes más bien dieron la bienvenida a un grupo de autoridades indígenas a los que sí se les permitió ingresar al recinto legislativo, pese a las restricciones para periodistas y feministas por la pandemia.
La presidenta de la comisión de Seguridad Pública, Margarita López Pérez aseguró que no se armará a grupos denominados autodefensas “sin orden y sin control”, sino que se integrará la figura de “kuarichas” dentro del sistema nacional y estatal de seguridad pública.
En la tribuna legislativa, la presidenta de la comisión de Pueblos Indígenas, Gabriela Cázares Blanco señaló que la nueva disposición “pone el piso más parejo para todos”.
La diputada local de Morena, Eréndira Isauro Hernández explicó que la reforma permitirá dotar de equipamiento, sin perjuicios jurídicos, “a hombres y mujeres que desde hace tiempo se hacen cargo de la seguridad y el cuidado de pueblos y comunidades”, sin tener que disfrazarlos de policías.
En la iniciativa aprobada, se establecieron también 60 días hábiles para que la Secretaría de Seguridad Pública, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y el Centro estatal de Certificación, Acreditación y Control de Confianza, realicen las adecuaciones reglamentarias y administrativas necesarias.