Al firmar el decreto con la Reforma al Código Penal del estado con el que se despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación en Michoacán, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla anunció que emitirá un decreto para garantizar la “libre decisión de las mujeres a abortar” en todos los hospitales públicos de la entidad, en tanto se reforma la Ley estatal de Salud.

Con un reconocimiento al movimiento feminista que se movilizó por años en exigencia de “aborto legal y seguro”, precisó que aunque el estado fue el número 15 del país en aprobar esta modificación, estaba retrasado y había quedado “muy mal”, al recordar que “lo intentaron” hace año y medio, pero no tenían la mayoría en el Congreso local.
Sin embargo, explicó que aún faltan otras reformas legales, y en tanto actúa el Congreso, se garantizará la atención hospitalaria.
“A mí si algo no me gusta es la democracia y en tanto el Congreso, espero pronto apruebe la reforma a la Ley de Salud, voy a emitir la próxima semana un decreto ejecutivo para la dignidad y la libre decisión de las mujeres a abortar en todos los hospitales públicos del estado de Michoacán”.
Ante diputados, funcionarios y asistentes, la secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres, Alejandra Anguiano González detalló el contenido de la iniciativa que además de despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, establece una pena de 6 meses de trabajo comunitaria para quien lo practique luego de este periodo con consentimiento de la mujer o persona gestante.

La funcionaria reconoció el trabajo de las feministas en este paso, al señalar que es el resultado de años de esfuerzo, marchas, concientización y muertes.
“Recordar que esta conquista no ha llegado de la noche a la mañana, es el resultado de años de esfuerzo, de esfuerzo colectivo, de marchas, de concientización, incluso de que perdiéramos la vida, por décadas las mujeres hemos estado al frente de una batalla que busca visibilizar y erradicar las desigualdades que han perpetrado su marginación”.

Con la reforma también se ampliaron las excluyentes de sanción, por lo que el aborto no será “punible” en 6 casos: cuando se producto de violación, se realice por razones médicas, sea producto de un procedimiento de fecundación asistida sin consentimiento de la mujer o se encuentre en situación económica precaria; se demuestre que lo solicitó antes de las 12 semanas y se le negó o se le prorrogó el servicio; o sea causa de accidente o conducta imprudencial.