A partir de este jueves, será obligatorio de manera oficial el uso del cubrebocas en Michoacán, luego de que se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley que regula su utilización, tras ser aprobada por el Congreso local.
El gobernador Silvano Aureoles Conejo, informó que los primeros días serán de información a la población sobre las medidas que establece la nueva norma, por lo que policías estatales ya preparan los protocolos necesarios.
“Va a ser una etapa los primeros días de información a la población, para que nadie se sorprenda, vamos a utilizar todos los medios al alcance para informar a todos, a la población en general, ya la entrada en vigor a partir de mañana de la Ley que obliga a usar de manera permanente el cubrebocas y las medidas que esta trae consigo”.
Sin embargo, precisó que se solicitará la colaboración de la Guardia Nacional “para tener mayor capacidad de atención y se cumpla la ley”.
En la ley, se precisa que en caso de que una persona no porte cubrebocas, la COEPRIS y autoridades municipales deberán solicitar primero verbalmente su uso, en caso de no traer uno, deben proporcionarle uno de manera gratuita; de no hacer caso, se le amonestará por escrito y se le apercibirá; luego se le pedirá que se retire a su hogar, de no atender el llamado, se le sancionará con una multa y luego con un arresto administrativo domiciliario de hasta 36 horas.
En caso de que el incumplimiento sea de un trabajador o “jornalero”, la multa será de 1 a 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de $89.62 a $1,344.3.
Si incumplen los concesionarios o choferes del servicio público de transporte, la multa podría ser de hasta 30 UMAS, es decir, $2,888.60
De incumplir establecimientos privados, comerciales, empresas e industrias, la multa será de 10 a 30 UMAS, esto es, desde $896.2 hasta $2,888.60, además de clausura temporal o definitiva, parcial o total.
En todos los casos, la multa y el arresto podrá conmutarse por trabajo comunitario.