El Congreso de la Unión se encuentra próximo a discutir la reforma electoral, ya sea por la iniciativa ciudadana presentada en la materia, o ya sea incluyendo la iniciativa que presente la Presidencia de la República, independientemente de que cada persona legisladora se encuentra en el derecho de postular también iniciativas.
El plazo de discusión se va cerrando porque, el 105 Constitucional establece al final de su fracción II que “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber más modificaciones legales fundamentales”.
Con este principio constitucional se da certeza a las diferentes partes interesadas en un proceso electoral, con el propósito de que no existan cambios en las reglas del juego que se encuentren asociadas a algún interés en lo particular.
Lo anterior quiere decir que, si las legislaciones electorales federal y local señalan que el proceso electoral ordinario se inicia, en su etapa preparatoria, con la primera sesión que el Consejo General respectivo, celebre durante la primera semana de septiembre del año previo en que deban realizarse las elecciones federales ordinarias; luego entonces, en un extremo, el plazo máximo para que se publique en el Diario Oficial de la Federación sería el domingo 7 de junio.
Pero para llegar a ese punto, es necesario que, si el interés es una reforma a nivel constitucional, ésta sea apruebe de manera previa a su consecuencia, la reforma a las leyes secundarias aplicables. Sin olvidar que una reforma constitucional requiere no solamente ambas Cámaras del Congreso de la Unión, sino también la mayoría de las legislaturas de los Estados.
La diversidad de puntos de interés de una reforma electoral es muy vasta; desde modificaciones a los diferentes ángulos de la representación política, hasta la forma de conformar las instituciones electorales, pasando, claro por los propios procedimientos electorales.
Pero si eso fuera poco, también hay temas relacionados con la ampliación de los derechos políticos o las condiciones de la equidad en la competencia, así como la fiscalización; pasando por temas que deben discutirse con mucha profundidad como las reglas que deban establecerse para evitar la intervención del crimen en la política, lo que debe definirse frente al uso de la inteligencia artificial en las campañas, la posibilidad del uso de voto electrónico, o bien, valorar la vinculación de la participación ciudadana en los resultados electorales.
Pero si ello ya es de por si denso, también es necesario valorar reformas a la elección judicial, como la de ponderar si se siguen con los mismos cargos judiciales vinculados a elección popular, si es necesario incrementar requisitos para garantizar un mejor perfil de candidaturas a la judicatura, revisar las condiciones de la competencia de las candidaturas judiciales y el derecho a la información significativa del electorado sobre las candidaturas a elección.
Una reforma urgente es valorar si la elección judicial se pospone un año posterior a la elección política, lo cual sería muy saludable para el sistema electoral, ya que se trata de elecciones muy diferentes.
También sería necesario revisar la revocación de mandato, reflexionando de mejor manera sobre su ubicación temporal, preferentemente sin ser concurrente con las elecciones políticas o judiciales, ya que se trata de una elección también con condiciones diferentes, yo me pronunciaría por su realización en el semestre siguiente a la elección política.
Y en este tema de la revocación de mandato también habría que revisar si se agrega como requisito la fundamentación de la pérdida de la confianza por parte quién la solicite, lo que inhibiría a hacer un uso inadecuado de este derecho ciudadano.
En suma, el sistema electoral debe ser revisado con sumo cuidado, y sin olvidar que reformas en el orden federal podrían requerir consecuencias en el orden local en lo inmediato. Lo que implicaría que lo deseable es que las leyes secundarias electorales federales o nacionales tengan que estar publicadas al menos, a principios de mayo. El tiempo apremia, pero eso no debe significar que se tenga que sacrificar una discusión incluyente.



