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Va gobernador por vía penal para prohibir la música que haga la apología del delito en Michoacán

En respuesta a la suspensión que otorgó un juez federal al grupo “Los Alegres del Barranco” para que puedan interpretar narcocorridos en Michoacán, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, anunció que enviará al Congreso del estado una iniciativa de reforma al Código Penal, para tipificar la apología del delito y prohibirlos por la vía penal en los espectáculos públicos.

En conferencia de prensa, recordó que en un decreto administrativo prohibió la interpretación o reproducción de cualquier tipo de música que haga apología del delito, pero la agrupación musical recurrió a un juez federal, que le dio la razón.

Tras la determinación del titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, de conceder la suspensión de este decreto a la agrupación “Los Alegres del Barranco”, que en varios escenarios han incluso proyectado la imagen del líder del Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG), el mandatario señaló que ya se presentó una queja ante un Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación, para que revise la decisión.

Afirmó que los jueces “son unos corruptos sinvergüenzas”, pero están impedidos a conceder amparos contra el Congreso local, ya que sería un Golpe de Estado, por lo que pidió el apoyo de los legisladores para aprobar la reforma al Código Penal lo antes posible.

Señaló no obstante que defenderá el decreto administrativo que entró en vigor el 17 de abril y que establece la prohibición de que en ninguna plaza, auditorio, estadio, centro de espectáculos, feria y cualquier otro lugar de acceso público se realicen presentaciones que influyan en la generación de violencia a través de géneros musicales.

El derecho prohíbe los corridos tumbados, narcocorridos, corridos progresivos, corridos bélicos y corridos alterados u otros que hagan alusión o promoción de grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos.

Incumplir esta disposición establece sanciones económicas y administrativas como la suspensión temporal y definitiva del evento, clausura del lugar y revocación de licencias y multas de hasta 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, impuestas por las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública, autoridades facultadas para realizar los operativos de inspección correspondientes.

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