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“Complicado” que FGE tipifique casos de trata de menores: DIF Morelia

Morelia, Michoacán.- Resulta “complicado” que la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) tipifique las denuncias por trata de menores, en sus modalidades de trabajado forzado o mendicidad forzosa, declaró José Manuel Álvarez Lucio, director del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Morelia).

Señaló que en cambio, suelen ser investigados como omisión de cuidados, un delito menos grave, lo que obligaría a las dependencias municipales a apelar a este tipo penal, ya que, de lo contrario, el riesgo que se corre es que no sean atendidos los menores que podrían ser víctimas violaciones a sus derechos humanos.

En 2024 han sido canalizados tres casos de este tipo, sin embargo, añadió, la FGE sólo tiene una carpeta de investigación abierta.

Uno de los casos canalizados por el Ayuntamiento, relató, involucra a una menor que trabajaba abriendo las puertas de una tienda; otros dos, a menores que no pedían dinero directamente, pero sí eran utilizados para obtener un beneficio económico a partir de la precariedad que manifestaban; todos los casos al poniente de Morelia y advertidos de manera reiterada.

Álvarez Lucio mencionó que se sabe que en Michoacán el 40 por ciento de los casos son de trabajo infantil forzado, una de las 11 modalidades de la trata, se remite al campo, un 30 por ciento a la industria y un 20 por ciento a servicios, sin embargo, en Morelia no se tiene claridad del escenario.

Por eso, recordó, el pasado martes 30 de agosto, en el marco del Día Mundial contra la Trata de Personas, el Instituto Municipal de Planeación de Morelia (Implan) lanzó una encuesta para medir el conocimiento y la percepción de este delito entre los morelianos, que puede ser respondida por la ciudadanía en la siguiente liga: https://forms.gle/3xpZ88VTjrLFHnKt5.

Cabe mencionar que la omisión de cuidados es un delito, tipificado en el Código Penal Federal, que puede ser sancionado con un mes o hasta cinco años de prisión, y multas de hasta 360 días; por el contrario, la mendicidad forzosa llega a merecer hasta 9 años de cárcel y 20 mil días de multa, mientras que, el trabajo forzado, hasta 20 años y 50 mil días.

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