El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), calificó de existente “la omisión del Congreso del Estado de Michoacán” de no tomar protesta a las diputadas suplentes, Yanitzi Palomo Calderón y Sheida Barajas Birruetas, por lo que ordenó que realice los actos necesarios para restituirles sus derechos.
No obstante, señaló que si bien el Tribunal es competente formal y materialmente para conocer lo relativo a la violación al derecho político- electoral de las diputadas suplentes, es incompetente para conocer de los hechos de Violencia Política por Razón de Género atribuidos a dos diputadas.
En la resolución, se explicó que ante las licencias de las propietarias de sus fórmulas, las dos diputadas suplentes del Congreso del Estado impugnaron la omisión de tomarles protesta para ejercer el cargo, además de violencia política en razón de género, pero este último tema se debe remitir al propio Congreso para que a través de su comisión de igualdad sustantiva y de género atienda el teman y el pleno resuelva, con base en lo establecido a la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado.
El pleno del TEEM, señaló que en su calidad de diputadas en funciones, las legisladoras tienen el derecho a desempeñarse y asumir las actividades propias del cargo a partir de las fechas de las licencias solicitadas, por lo que ordenó que se les tome protesta en la sesión inmediata siguiente.
El juicio fue promovido por Yanitzi Palomo Calderón y Sheida Barajas Birruetas luego de que no pudieron rendir protesta ante el Congreso de Michoacán, como suplentes de las diputadas del PAN, Andrea Villanueva Cano, por el distrito 11 de Morelia y la experredista, Fanny Arreola Pichardo, del distrito 23 de Apatzingán.
Aunque su toma de protesta estaba integrada en la orden del día del 12 de abril pasado, el Congreso retiró ambos temas del orden del día por la falta de una firma en el dictamen respectivo.