Las solicitudes aprobadas para diputaciones son: Representación Ciudadana por Michoacán AC, de Alberto Moreno Zamudio por el distrito 17 de Morelia, al que se le solicitó complementar su logo digital en un término de 24 horas; Fuerza Ciudadana 24 a 27 AC, de Alfonso Jesús Castillo, para el Distrito de Lázaro Cárdenas, también se le dio un término de 24 horas para que presente la cuenta bancaria, ya que el trámite de la apertura lo realizó dentro del plazo que fijó la convocatoria.
También se aprobó la candidatura por el Distrito 20 de Uruapan, de Fuerza del Sombrero AC, de Carlos Alejandro Bautista Tafolla; por este mismo Distrito, Mujeres Empoderando Uruapan AC, con Grecia Itzel Quiroz García; por Uruapan 14 Humanismo del Cupatitzio AC, de Conrado Paz Torres.
En el caso de ayuntamientos: El Pueblo Construye una Decisión de Todos AC en Zitácuaro, con Armando Carmona Guzmán; Ciudadanos Unidos por Charo AC, Salvador Cortés Espíndola; Nos Costó Mucho Trabajo AC en Zamora, Christian Osvaldo Zamora Díaz; Frente Independiente 24 – 27 AC, en Lázaro Cárdenas con Benjamín Rodríguez Álvarez; Mejoremos Paracho AC, por Paracho con Víctor Alfonso Mota Herrera; Porque Paracho Somos Todos Construyamos Juntos el Futuro de Paracho AC, por Paracho, Jorge Cacari Alejos.
Destacó la aprobación de Unión Pacífica por la Dignidad, Zitácuaro Ac, por Zitácuaro, que encabezará J. Antonio Bernal Bustamante, quien fue parte del gabinete de Silvano Aureoles Conejo, como secretario de Seguridad Pública y luego como director del Instituto de Profesionalización Policial.
El IEM también aprobó las candidaturas de La Sombreriza Michoacana AC por Uruapan, que encabeza Carlos Alberto Manzo Rodríguez; Chinicuila Fuerza y Trabajo AC que representa Ricardo Alberto Serrano Maldonado por Chinicuila.
Tras la validación de la candidatura, deberán iniciar el trabajo para obtener el respaldo ciudadano, que deberá realizarse del 2 al 21 de enero, para lo cual se implementará una aplicación móvil habilitada con su usuario y clave.
Cada aspirante debe obtener el 2 por ciento del listado nominal, del municipio o del distrito que se trate.