Un total de 3 organizaciones ciudadanas han cumplido, a la fecha, con los requisitos para convertirse en partidos políticos locales en Michoacán, luego de que realizaron las 75 asambleas municipales que establece la norma, con la participación del equivalente al 0.26% de los inscritos en el padrón electoral del municipio en que se realiza, así como la Asamblea Constitutiva a la que están obligados.
Al cerrar el plazo para presentar la solicitud de intención en enero del 2022, el Instituto Electoral de Michoacán recibió 17 peticiones, pero a la fecha, solo siguen el proceso:
Michoacán al Frente A.C., que como partido se denominaría “Más Michoacán”, con la participación del ex gobernador, Jesús Reyna García.
Tiempo X México, cuya representante legal es Karla Martínez Martínez.
Vía Democrática para Michoacán, que representa Antonio Plaza Urbina.
El presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), Ignacio Hurtado Gómez explicó que este 31 de enero vence el tema de las afiliaciones, por lo que se hacen los cruces de la información entregada por los representantes de las organizaciones, para detectar y solventar cualquier inconsistencia.
“Hoy vence el tema para afiliaciones, todavía, todavía el día hoy, por eso están los cruces, además hay otro tema que es la mesa de control, como su nombre lo dice, si el sistema detecta alguna inconsistencia, las afiliaciones pasan a esta mesa de control, donde se respeta el derecho a audiencia de las organizaciones y van verificando precisamente esa posible inconsistencia y si se supera o no”.
La solicitud formal de registro deberá presentarse al IEM durante enero del año anterior a la elección, ya que de lo contrario, quedarán sin efectos las actividades realizadas.
La solicitud debe llevar la manifestación de que la organización ha cumplido con las actividades establecidas de acuerdo con la Ley de Partidos, los Lineamientos de verificación y los lineamientos para el procedimiento de constitución de Partidos Políticos.
También deberá entregarse la siguiente documentación: declaración de principios, listas de afiliación estatal, listas de afiliación distrital o municipal; actas de las asambleas constitutivas, listas de asistencia a las asambleas; las manifestaciones de afiliación de 0.26% de ciudadanos inscritos en el padrón electoral correspondiente al municipio o distrito donde se realizó la asamblea.