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Alfredo Ramírez sí violó la equidad en la elección de Quintana Roo: TEQROO

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), declaró que el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla violó los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda por la gubernatura de ese estado al realizar manifestaciones de apoyo a favor de la entonces candidata por Morena y actual gobernadora de ese estado, María Elena Hermelinda Lezama Espinoza, pero aclaró que no se comprobó el uso indebido de recursos públicos atribuidos al mandatario estatal.

El pleno electoral resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/088/2022, que promovió el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de Ramírez Bedolla, por supuestas infracciones consistentes en el uso indebido de recursos públicos, violación a los principios de imparcialidad y equidad.

El PRD denunció también la supuesta promoción personalizada, derivada de la asistencia y participación del gobernador de Michoacán en el evento de cierre de campaña de María Elena Hermelinda Lezama Espinoza, en la ciudad de Playa del Carmen, Quintana Roo.

En este asunto, el Pleno determinó que el Alfredo Ramírez realizó manifestaciones de apoyo a favor de la entonces candidata a la gubernatura del estado, así como de la coalición que la postuló, lo cual, “evidentemente, pudo generar presión o influencia indebida en la ciudadanía, por lo que declaró la existencia de dicha infracción, es decir, la violación a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda-.

Sin embargo, en el análisis del caudal probatorio señaló que no quedó demostrado el uso indebido de recursos públicos y se determinó la inexistencia de la responsabilidad indirecta, por el supuesto beneficio electoral indebido, a favor de la entonces candidata a la Gubernatura, porque no se cumplen los parámetros exigidos en la Tesis VI/2011 aprobada por la Sala Superior del TEPJF, bajo el rubro: “responsabilidad indirecta. Para atribuirla al candidato es necesario demostrar que conoció del acto infractor”.

También se consideró inexistente la promoción personalizada, toda vez que de las expresiones emitidas por Ramírez Bedolla en el cierre de campaña, no se desprenden manifestaciones con las cuales se promocione a su persona ni a la figura del Presidente de la Republica.

De acuerdo al Tribunal Electoral de Quintana Roo, no solicitó el voto a su favor, por lo que dichas expresiones se encuentran amparadas dentro de los límites de la libertad de expresión.

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