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Correspondía al TEPJF y no al Congreso sancionar al gobernador por violar la veda: Víctor Manríquez

El coordinador de los diputados locales del PRD, Víctor Manuel Manríquez González señaló que correspondía al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y no al Congreso de Michoacán, sancionar al gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, por difundir propaganda gubernamental prohibida en periodo de veda por la revocación de mandato.

Señaló que al interior del Poder Legislativo y en el marco jurídico estatal no existe ninguna norma que regule este procedimiento, por lo que se le notificó al órgano jurisdiccional que se legislará para no caer en una falta en su resolución, por lo que corresponderá a los magistrados electorales determinar la “acción a seguir”.

“Es un tema que nos mandatan sancionar pero dentro del Congreso no existe un procedimiento interno para que se pueda realizar, lo que se está informando es que se tiene que legislar dentro del Congreso para poder tomar estas decisiones, estas determinaciones, porque la correspondería al Tribunal Electoral, porque la observación que se hace es que cuando existía veda electoral, dar a conocer algunas actividades de gobierno del estado. No es un tema de llamado al voto o de manera directa”.

Manríquez González explicó que otros Congresos locales han hecho comunicados similares, al considerar que el TEPJF “les aventó” la resolución, cuando le tocaba asumir la responsabilidad.

“Yo creo que el Tribunal tiene que asumir la responsabilidad, vemos a los diferentes gobernadores marchando por todos los estados derrochando recursos y violando la ley y el tribunal en vez de sancionar lo manda a los Congresos de los estados, también es una responsabilidad del Congreso poder determinar y sancionar conforme a lo que ellos tienen. Cuando se viola la veda electoral, hay una responsabilidad y ellos deben asumirlo”.

Consideró que el Tribunal Federal trata de deslindarse de responsabilidad para sancionar la violación a la veda electoral, mientras que el Congreso local no puede pronunciarse al respecto, ya que se puede impugnar fácilmente una resolución sino está fundamentada legal y jurídicamente.

La primera sentencia se registró el 19 de mayo y estuvo a cargo de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que atribuyó a Ramírez Bedolla la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

De igual forma, el 8 de junio, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Ramírez Bedolla y los mandatarios de 16 estados más emanados de Morena, violaron la ley electoral al publicar el desplegado titulado “GOBERNADORAS Y GOBERNADORES DE LA 4TA TRANSFORMACIÓN”.

En ambos casos se ordenó al Congreso de Michoacán, sancionar al mandatario estatal.

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