La Suprema Corte de Justicia de la Nación, acordó admitir a trámite la controversia constitucional 224/2021 que promovió la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en contra del Acuerdo por el que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó posponer el proceso de Consulta de Revocación de Mandato 2021-2022.
En un comunicado, se precisó que con esto, la Comisión de Receso de la SCJN determinó conceder la suspensión solicitada, para que el INE se abstenga de ejecutar el acuerdo por el que pretendía posponer cualquiera de las actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del Presidente de la República.
De acuerdo al documento, el INE deberá continuar con la organización y “el desarrollo de la totalidad de las actividades del proceso de revocación de mandato hasta su conclusión con el presupuesto aprobado de 1,503 millones de pesos el cual constituye un indicador de viabilidad financiera”.
En el acuerdo, la SCJN argumenta que el párrafo segundo del artículo 29 de la Constitución Política del país establece que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, por lo que la ejecución del Acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato.