Por votación unánime, el Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) declaró la legalidad y validez de la elección estatal y consideró electo al ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla como gobernador del estado, para el periodo que comprende del 1 de octubre del 2021 al 30 de septiembre del 2027.
No obstante, quedó pendiente la fecha para la entrega de la constancia y para fijar el bando solemne en las sedes de los poderes del Estado.

En sesión que se desahogó a partir de la media noche del domingo, se consideró que “la elección cumplió con todos los actos, requisitos y principios previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo y en el Código Electoral”.
El proyecto correspondió a la presidenta del órgano electoral, Yurisha Andrade Morales quien aseguró que existen elementos para determinar que “la elección fue libre, auténtica y periódica”, mediante el voto libre, secreto y directo.
Señaló que una vez resueltos los procedimientos sancionadores no se logró acreditar la presunta injerencia del crimen organizado o la intervención de actores políticos que podrían afectar la libertad del voto.
“Aún cuando los actores del proceso electoral planearon causales para evidenciar la influencia o coacción indebida de algún tipo que pudiera desvirtuar o inhibir la libre expresión de la voluntad de los electores, la injerencia de poderes o de personas ajenas (…) no se logró acreditar la existencia de tales extremos”.
Se expuso que de 55 juicios de inconformidad, que dieron lugar a 25 sentencias, 23 fueron controvertidas por los diversos actores políticos y de éstas, 21 fueron confirmadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en un caso se anularon 2 casillas y 1 está pendiente.
De igual forma, determinó que Alfredo Ramírez Bedolla acreditó los requisitos legales para ser gobernador del estado, ya que no se encuentra en ninguno de los supuestos que la ley establece como impedimentos, como haber sido condenado por violencia de género o ser ministro de algún culto religioso.
Tampoco tiene bajo su mando la fuerza pública y no desempeña algún cargo dentro de la administración pública, ni en los órganos electorales.
Al argumentar su proyecto, Andrade Morales, señaló que “hay garantía de certeza de que los votos se contaron y se contaron bien”, al precisar que hubo vigilancia de observadores ciudadanos, partidos políticos, funcionarios de casilla y medios de comunicación.
No obstante, anticipó las críticas de actores “que se sienten agraviados por los resultados” y respondió:
“Tenemos la conciencia tranquila, hemos actuando en el marco estricto de la ley, no hay sentencia emitida en este pleno que se aparte de sus postulados, de los criterios que nos asisten para la interpretación de la jurisprudencia y de una revisión escrupulosa de los expedientes”.
En la sesión nocturna, el magistrado Salvador Pérez Contreras señaló que una vez agotados los juicios de inconformidad es obligación de este órgano emitir esta declaratoria, al margen de conocer de la existencia de “una cadena impugnativa”.
“Ya no atañe a este órgano. Al margen de lo que siga en la Sala Superior, al dotar de certeza y definitividad en esta etapa, es con independencia, lo que esté a revisión de la sala superior”.
De igual forma el magistrado René Olivos Campos, consideró que resueltos “los agravios presentados por las partes y esta firmeza ha permitido que tengamos certeza de las resoluciones que hemos emitido”. No fijaron ninguna postura, las magistradas Alma Rosa Bahena Villalobos y Yolanda Camacho Ochoa.