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TEEM anuló 2 casillas en Angangueo y revirtió triunfo de Morena

De acuerdo al TEEM no fue posible acreditar la voluntad popular reflejada en las urnas.

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral de Michoacán determinó revocar los resultados de la elección en el municipio de Angangueo, tras considerar que se acreditó plenamente la violencia y robo de los documentos en 2 casillas, la falta de boletas y de medidas de aseguramiento de la documentación electoral.

En consecuencia, se revocaron las constancias de mayoría emitidas a favor de los candidatos integrantes de la coalición “Juntos Haremos Historia”, que encabezaba la alcaldesa saliente María Hilda López Martínez, para declarar válido el triunfo del partido Movimiento Ciudadano.

En sesión nocturna, el pleno del órgano jurisdiccional declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas 57 contigua 1 y contigua 2 de ese municipio, ya que, a su consideración, se acreditaron las causales establecidas en la fracción VI y XI del artículo 69 de la Ley de Justicia Electoral, lo que derivó en la modificación de los resultados.

En su dictamen final, se consideró que se presentaron irregularidades graves, ya que “produjeron consecuencias jurídicas o repercusiones en el resultado de la votación que generan incertidumbre respecto a la votación obtenida en las casillas impugnadas”.

En consecuencia, -según lo establecido en el dictamen- no es posible dar validez de los datos contenidos en el cartel, así como en el acta de escrutinio y cómputo que se tomaron en consideración para efectuar el recuento, ya que “no se tiene certeza de dónde se encontraron”, ante las diversas actas que agregadas en autos.

De acuerdo a los magistrados “no es posible rescatar la voluntad del electorado de esas casillas, al no existir elementos mínimos indispensables que garanticen la certeza y legalidad de dichos documentos”.

Como se recordará, el cómputo de la elección del ayuntamiento de Angangueo, se realizó en la sede central del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y estuvo a cargo de los integrantes de dicho órgano, luego de que los miembros del comité municipal  electoral, denunciaron la presencia de hombres armados en el lugar, que los obligaron a enviar a la capital toda la documentación de los comicios, ante el riesgo de que pudiera ser sustraído.

El magistrado Salvador Pérez Contreras, planteó la importancia de esta resolución, al señalar que “son pocos los casos donde se ha documentado” la violencia y robo de documentación electoral como elementos determinantes en los resultados de una elección.

“Donde observamos que hay una serie de hechos que se dan, que fueron debidamente certificados y nos lleva al hecho de que en ésta, el poder contar con las pruebas que establece la propia ley electoral, establece los medios de prueba, las testimoniales” que pueden documentarse o destacarse en un acta notarial.

Señaló que en este caso se hizo una “narrativa de las situaciones que se registraron” y “existió un acto de violencia y robo de documentación”, que se reportaron a las áreas de seguridad y en la Fiscalía regional, además de que fue posible comprobar la situación que se presentó.

El único voto en contra fue el de la presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEE), Yurisha Andrade Morales, quien consideró que durante el cómputo se cumplieron con los lineamientos establecidos por el IEM, en caso de no tener posibilidad de realizarlo “por casos extraordinarios, fortuitos o de fuerza mayor”.

Señaló que de las actas de escrutinio y cómputo rescatadas por los integrantes del órgano electoral municipal “permiten tener certeza de la votación emitida a efecto de preservar la voluntad del electorado al margen de las circunstancias que se presentaron”.

La magistrada ponente Alma Rosa Bahena Villalobos no fijó postura al respecto.

Tras la resolución del TEEM, el Instituto Electoral de Michoacán deberá emitir las constancias de mayoría a los integrantes de la planilla de Movimiento Ciudadano (MC).

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